2011 San Pedro
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Gasto Federalizado
Municipio de San Pedro y San Pablo Ayutla, Oaxaca Fideicomiso para Coadyuvar al Desarrollo de las Entidades Federativas y Municipios Auditoría Financiera y de Cumplimiento: 11-D-20337-02-1083 GF-615
Alcance Miles de Pesos Universo Seleccionado
10,107.6
Muestra Auditada
10,107.6
Representatividad Muestra
de
la 100.0 %
El presupuesto asignado durante el ejercicio 2011, por el Fideicomiso para Coadyuvar al Desarrollo de las Entidades Federativas y Municipios (FIDEM) en el municipio de San Pedro y San Pablo Ayutla, Oaxaca, fue de 10,107.6 miles de pesos, de los cuales se revisó el 100.0%. Resultados Control interno 1. Los resultados de la evaluación del control interno aplicado a las áreas del municipio de San Pedro y San Pablo Ayutla, Oaxaca, encargadas de administrar y ejercer los subsidios federales transferidos a través del Fideicomiso para Coadyuvar al Desarrollo de las Entidades Federativas y Municipios (FIDEM), arrojaron fortalezas y debilidades en su gestión, entre las que destacan las siguientes: Fortalezas: •
Se cuenta con el “Sistema de Contabilidad Municipal” en el cual se lleva el control contable y presupuestal.
•
El control de los recursos se lleva a cabo a través de una sola cuenta bancaria productiva y exclusiva para el manejo de los recursos asignados del FIDEM.
•
El área de Tesorería municipal realiza conciliaciones mensuales de la cuenta bancaria del FIDEM para efecto de que el municipio cuente con el control de los recursos provenientes del fideicomiso.
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Informe del Resultado de la Fiscalización Superior de la Cuenta Pública 2011
Debilidades: •
El municipio no dispone de manuales de organización, ni de procedimientos que definan y establezcan las funciones, facultades y responsabilidades de las áreas y servidores públicos respecto de la gestión de los recursos del FIDEM. Asimismo, no cuenta con un manual de contabilidad para el registro contable de las operaciones realizadas con recursos del FIDEM.
•
La entidad fiscalizada no cuenta con mecanismos que le permiten controlar y conservar la documentación relativa al proceso de planeación y programación de la obra revisada.
•
No se aseguró la transparencia mediante la publicación de los reportes del ejercicio de los recursos asignados por el fideicomiso al Subcomité Técnico de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público (SHCP).
•
Faltan controles que permitan asegurar una adecuada adjudicación, ejecución y calidad de las obras.
•
La bitácora de obra no cumple con los requisitos mínimos establecidos por la normativa federal aplicable.
En razón de lo expuesto, la Auditoría Superior de la Federación considera que el control interno para la gestión de los recursos provenientes del FIDEM en el municipio de San Pedro y San Pablo Ayutla, Oaxaca, es regular, ya que aun cuando existen estrategias y mecanismos de control sobre el comportamiento de algunas actividades, éstos no son suficientes para garantizar el cumplimiento de los objetivos del fideicomiso, la normativa y la transparencia en su operación. El municipio de San Pedro y San Pablo Ayutla, Oaxaca, en el transcurso de la auditoría y con motivo de la intervención de la ASF, instruyó la elaboración y difusión del manual de organización y de procedimientos, y fortalecer los mecanismos de control para evitar las debilidades y deficiencias para la gestión y administración de los recursos provenientes del FIDEM, con lo que se solventa lo observado. Transferencia de recursos 2. Se constató que los recursos para el proyecto “Construcción de libramiento en el municipio de San Pedro y San Pablo Ayutla, Oaxaca”, por 10,107.6 miles de pesos fueron autorizados por la SHCP mediante el Acuerdo número EX.CT.XVII.12.11 de la Décima Séptima Sesión Extraordinaria del Comité Técnico del FIDEM, de fecha 13 de octubre de 2011. El Presidente Municipal de San Pedro y San Pablo Ayutla, Oaxaca, solicitó la ministración de recursos del FIDEM, y contó con la autorización del Cabildo en sesión extraordinaria, con el oficio núm. 144/2011, expediente 2011, de fecha 21 de octubre de 2011, para celebrar el Convenio entre el municipio y la Unidad de Política y Control Presupuestario (UPCP) de la SHCP. 2
Gasto Federalizado
3. El municipio de San Pedro y San Pablo Ayutla, Oaxaca, no presentó evidencia que acredite la entrega al Comité Técnico del FIDEM de los documentos siguientes: Nota Técnica (Anexo 1) en la cual se indica la justificación de la ejecución del proyecto debidamente fundamentada y motivada, el marco de referencia, especificaciones del proyecto, así como la “Cartera de Programas y Proyectos” (Anexo 2) que contiene el monto de recursos asignados y el calendario de ejecución (Anexo 3), Resumen de información de costo beneficio de programas y proyectos (Justificación Económica), y los recibos oficiales de la entrega de recursos. El municipio de San Pedro y San Pablo Ayutla, Oaxaca, en el transcurso de la auditoría y con motivo de la intervención de la ASF, instruyó las acciones de control necesarias para acreditar en lo subsecuente la entrega de la documentación del proceso de autorización de los recursos del fideicomiso ante el Comité Técnico, con lo que se solventa lo observado. 4. La UPCP de la SHCP, en el transcurso de la auditoría, proporcionó al municipio de San Pedro y San Pablo Ayutla, Oaxaca, copia de la formalización del “Convenio para el otorgamiento de apoyos del FIDEM” de fecha 25 de octubre de 2011, en el que se establece la finalidad del convenio, los montos de apoyo, la forma de administrar los recursos en una cuenta bancaria, la comprobación de los apoyos, programa de ejecución del proyecto, el porcentaje de los gastos indirectos, de control y vigilancia, la transparencia y rendición de cuentas e indicadores de desempeño, entre otros; sin embargo, el documento con el que cuenta el municipio carece de la firma del representante de la UPCP. El municipio de San Pedro y San Pablo Ayutla, Oaxaca, en el transcurso de la auditoría y con motivo de la intervención de la ASF, instruyó las acciones de control necesarias para que en lo subsecuente se realicen oportunamente las gestiones ante las SHCP, con lo que se solventa parcialmente lo observado. Véase acción(es): 11-0-06100-02-1083-01-001 5. Al municipio de San Pedro y San Pablo Ayutla, Oaxaca, se le ministraron recursos del FIDEM por 10,107.6 miles de pesos, en cinco parcialidades de 2,021.5 miles de pesos en los meses de noviembre y diciembre de 2011 y de enero a marzo de 2012; sin embargo, se observó que existió un atraso de 12 días hábiles para la entrega de la primera ministración del recurso por parte del fiduciario Banobras S.N.C., de acuerdo con las fechas establecidas en el calendario de ejecución de programas y proyectos (Anexo 3) y los recibos de pago emitidos por la Tesorería Municipal, toda vez que el fiduciario recibió la instrucción de autorización por medio del oficio núm. 307-A.-5422 de fecha 13 de octubre de 2011, y tenía como plazo 5 días hábiles para efectuar la entrega de los recursos. El municipio de San Pedro y San Pablo Ayutla, Oaxaca, en el transcurso de la auditoría y con motivo de la intervención de la ASF, instruyó que se realicen las gestiones necesarias ante las autoridades competentes para que las ministraciones de recursos del FIDEM se realicen conforme a la normativa, con lo que se solventa parcialmente lo observado. Véase acción(es): 11-2-06G1C-02-1083-01-001
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Informe del Resultado de la Fiscalización Superior de la Cuenta Pública 2011
Registro e información contable y presupuestal 6. Los recursos ministrados al municipio de San Pedro y San Pablo Ayutla, Oaxaca, por 10,107.6 miles de pesos, se depositaron en una cuenta bancaria productiva y específica, y obtuvo rendimientos financieros por 14.7 miles de pesos al mes de junio de 2012, de los cuales se efectuó oportunamente el reintegro correspondiente a la cuenta del fiduciario. 7. La Tesorería municipal registró en la contabilidad a través del “Sistema de Contabilidad Municipal”, en la cuenta contable “Ingresos extraordinarios”, la ministración de los recursos por 10,107.6 miles de pesos y en la cuenta contable denominada “Ingresos extraordinarios” los rendimientos financieros obtenidos por dichos recursos; asimismo, se registraron los egresos por la cantidad antes mencionada de conformidad con la normativa, y la documentación comprobatoria que la soporta cumple con los requisitos fiscales correspondientes. 8. El “Sistema de Contabilidad Municipal” utilizado por el municipio de San Pedro y San Pablo Ayutla, Oaxaca, genera los estados de situación financiera, de variación en la cuenta pública, y de cambios en la situación financiera, entre otros reportes que forman parte de la Cuenta Pública. Asimismo, registró las transacciones y eventos que modifican la situación patrimonial del municipio y sus finanzas públicas en dicho sistema; sin embargo, no contó con un manual de contabilidad, en el cual se desagreguen y complementen los niveles de registro. El municipio de San Pedro y San Pablo Ayutla, Oaxaca, en el transcurso de la auditoría y con motivo de la intervención de la ASF, instruyó las acciones de control necesarias para que se elabore y difunda el manual de contabilidad que desagregue y complementen los niveles de registro contable requeridos, con lo que se solventa lo observado. Destino de los recursos 9. Se verificó que el proyecto denominado "Construcción de libramiento en el municipio de San Pedro y San Pablo Ayutla, Oaxaca", se encuentra clasificado con cargo a la Subcuenta “A” del patrimonio del fideicomiso, como lo muestra el oficio de autorización de recursos por parte de la SHCP.
FIDEICOMISO PARA COADYUVAR AL DESARROLLO DE LAS ENTIDADES FEDERATIVAS Y MUNICIPIOS MUNICIPIO DE SAN PEDRO Y SAN PABLO AYUTLA, OAXACA DISTRIBUCIÓN PROGRAMÁTICA, MONTO CONTRATADO Y EJERCIDO DE LOS RECURSOS DEL FIDEM (Miles de pesos) NOMBRE DE LA OBRA
NÚM. DE CONTRATO
ÁREA EJECUTORA
Construcción de libramiento en el municipio de San Pedro y San Pablo Ayutla, Oaxaca
MSPSPA/337/R20/2011
Regiduría de Obras Municipales
MONTO CONTRATADO EJERCIDO 10,107.6
FUENTE: Expediente técnico de la obra, pólizas cheque, facturas y estados de cuenta bancarios.
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10,107.6
Gasto Federalizado
10. Se comprobó que el municipio no aplicó, ni realizó solicitud alguna de recursos por concepto de gastos indirectos establecidos en el Programa, ya que no ejecutó obras por administración directa. Transparencia 11. El municipio de San Pedro y San Pablo Ayutla, Oaxaca, acreditó haber enviado oportunamente al Subcomité Técnico de la SHCP, los informes trimestrales sobre el ejercicio de los proyectos y programas apoyados con recursos de FIDEM (Anexo 4), así como del Informe Final del Proyecto Apoyado (Anexo 5); sin embargo, no cuenta con evidencia de su publicación en su página de internet u otro medio local de comunicación. El municipio de San Pedro y San Pablo Ayutla, Oaxaca, en el transcurso de la auditoría y con motivo de la intervención de la ASF, instruyó las acciones de control necesarias para difundir la aplicación de los recursos provenientes del FIDEM y su cumplimiento, con lo que se solventa lo observado. Obras públicas y adquisiciones 12. La obra denominada "Construcción de libramiento en el municipio de San Pedro y San Pablo Ayutla, Oaxaca”, se realizó a través del contrato núm. MSPSPA/337/R20/2011, por 10,107.6 miles de pesos, el cual se adjudicó por el procedimiento de invitación a cuando menos tres personas, autorizada con el Acta de acuerdos de Cabildo del 25 de septiembre de 2011 y adjudicada el 22 de octubre de 2012 mediante Acta de Fallo; sin embargo, no utilizó los montos máximos establecidos en el Presupuesto de Egresos de la Federación para el Ejercicio Fiscal 2011, el cual indica que debió asignarse por licitación pública. Además, con el análisis del "Acta de Acuerdos de Cabildo Excepción a la Licitación", se constató que dicha justificación no cumple con lo establecido en la normativa federal aplicable, en virtud de que no contiene las especificaciones o datos técnicos de la obra por contratar, los plazos para la ejecución de la obra, el resultado de la investigación de mercado, el monto estimado de la contratación y la forma de pago propuesto, ni cuenta con los nombres de las empresas o personas físicas participantes en la invitación a cuando menos tres personas y el detalle en sus datos generales de la capacidad técnica y experiencia. Asimismo, la justificación de la excepción a la licitación pública se refiere a atender "Condiciones políticas que llegan a alterar la paz social del municipio, aunado con la exigencia y necesidades que tienen la misma comunidades", sin especificar en qué consisten dichas condiciones. La Sindicatura Municipal de San Pedro y San Pablo Ayutla, Oaxaca, inició el procedimiento para determinar posibles responsabilidades administrativas de servidores públicos respecto a la falta de utilización de los montos máximos establecidos en el Presupuesto de Egresos de la Federación, y para tales efectos, integró el expediente núm. SM/A1F01/2012, con lo que se solventa parcialmente lo observado. Véase acción(es): 11-B-20337-02-1083-08-001
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Informe del Resultado de la Fiscalización Superior de la Cuenta Pública 2011
13. Con la revisión del expediente de la obra con contrato núm. MSPSPA/337/R20/2011, se constató que la invitación a cuando menos tres personas no se difundió en el portal electrónico de Compranet, ni en la página de la entidad fiscalizada. El municipio de San Pedro y San Pablo Ayutla, Oaxaca, en el transcurso de la auditoría y con motivo de la intervención de la ASF, instruyó las acciones para dar a conocer en el portal electrónico de Compranet y en la página electrónica del municipio el proceso de adjudicación que corresponda, con lo que se solventa lo observado. 14. Con el análisis de los oficios de invitación para adjudicar el contrato núm. MSPSPA/337/R20/2011, se detectaron diversas irregularidades, como se indica a continuación: se indica de manera incorrecta la fuente de financiamiento el "RAMO 33, Aportaciones Federales para Entidades Federativas y Municipios, Fondo III; Fondo para la Infraestructura Social Municipal", y debieron ser recursos del FIDEM; las fechas de inicio y término de la obra en dos oficios de invitación son incorrectas (26 de septiembre de 2011 y 26 de abril de 2011, respectivamente), la dirección de la convocante es incorrecta, ya que se indica "Palacio Municipal de Santiago Minas, Sola de Vega, Oaxaca", y el acuse de recibo del oficio de invitación de una empresa participante fue un día antes de la emisión de dicho oficio. El municipio de San Pedro y San Pablo Ayutla, Oaxaca, en el transcurso de la auditoría y con motivo de la intervención de la ASF, instruyó implementar los mecanismos de control necesarios para evitar errores en los documentos que se generan en el proceso de adjudicación de las obras; por lo que se solventa parcialmente lo observado. Véase acción(es): 11-B-20337-02-1083-08-002 15. Se constató que las bases del concurso para la adjudicación del contrato núm. MSPSPA/337/R20/2011, se fundamentaron en la normativa estatal, cuando se debió aplicar la normativa federal por lo que se detectaron requerimientos que no cumplen con dicho ordenamiento, como son: solicitar en las bases el análisis detallado del 100.0% de los precios unitarios de los conceptos de trabajo determinados y estructurados con costos directos, indirectos, de financiamiento, cargo por utilidad y adicionales, en los cuales se incluirían los materiales por utilizar con sus correspondientes consumos y costos así como la mano de obra, maquinaria y equipo de construcción con sus correspondientes rendimientos y costos; asimismo, en las bases se establece que el costo por financiamiento de los trabajos deberá estar representado por un porcentaje de la suma de los costos directos e indirectos; sin embargo, en las mismas, no se solicitó el análisis correspondiente. Por otra parte, se detectó que la propuesta ganadora presentada por el contratista no cumplió con los requisitos solicitados, en virtud de que omitió presentar el análisis de los costos del básico "Concreto f'c=250 kg/cm2 hecho en obra" y el análisis de precios unitarios tiene inconsistencias en los precios, dimensiones y cantidades. La Sindicatura Municipal de San Pedro y San Pablo Ayutla, Oaxaca, inició el procedimiento para determinar posibles responsabilidades administrativas de servidores públicos respecto a la falta de requisitos en las bases de licitación, y para tales efectos, integró el expediente núm. SM/A1F02/2012, con lo que se solventa parcialmente lo observado. 6
Gasto Federalizado
Véase acción(es): 11-B-20337-02-1083-08-003 16. Con el análisis del contrato núm. MSPSPA/337/R20/2011, se constató que dicho instrumento no cumple con los requisitos mínimos establecidos en el marco jurídico aplicable, en virtud de que no cuenta con la descripción pormenorizada de los trabajos por ejecutar, que deben incluir, como parte integrante del contrato, los proyectos, planos, especificaciones, normas de calidad, programas y presupuestos establecidos; ni indica los plazos y el lugar para efectuar el pago de las obligaciones derivadas del contrato, así como el plazo para la elaboración del finiquito correspondiente; asimismo, el contrato se rige por la normativa estatal, en lugar de la federal. La Sindicatura Municipal de San Pedro y San Pablo Ayutla, Oaxaca, inició el procedimiento para determinar posibles responsabilidades administrativas de servidores públicos, y para tales efectos, integró el expediente núm. SM/A1F03/2012, con lo que se solventa lo observado. 17. El municipio cuenta con la fianza que garantiza el cumplimiento, así como la de defectos y vicios ocultos, las cuales fueron entregadas en tiempo y forma, de acuerdo con la normativa federal aplicable. 18. El municipio celebró un convenio modificatorio al contrato revisado núm. MSPSA/337/R20/2011, de fecha 25 de abril de 2012 para ampliar la fecha de conclusión de los trabajos, del 26 de abril al 8 de junio de 2012, ampliación que representó 43 días y el 23.4% del periodo pactado; sin embargo, no se proporcionó evidencia del dictamen técnico fundado y autorizado. Véase acción(es): 11-B-20337-02-1083-08-004 19. Se constató que la bitácora de obra del contrato MSPSPA/337/R20/2011 no cumple con los requisitos mínimos establecidos, en virtud de que las hojas no indican el núm. del contrato; en la nota inicial no aparece el nombre y firma del personal autorizado así como los domicilios y teléfonos, datos particulares del contrato y alcances descriptivos de los trabajos y de las características del sitio donde se desarrollarán; la inscripción de los documentos que identifiquen oficialmente al residente; el horario en el que se podrá consultar y asentar notas, el que deberá coincidir con las jornadas de trabajo; y no se numeraron ni fecharon las notas de forma seriada. El municipio de San Pedro y San Pablo Ayutla, Oaxaca, en el transcurso de la auditoría y con motivo de la intervención de la ASF, instruyó las acciones de control necesarias para que en lo subsecuente en la elaboración de las obras públicas ejecutadas con recursos provenientes del FIDEM, se cumpla con los requisitos que establece la normativa, con lo que se solventa lo observado. 20. El acta entrega-recepción del contrato número MSPSPA/337/R20/2011 no cumple con los requisitos establecidos en la normativa aplicable, en virtud de que no se incluyó la relación de estimaciones aprobadas a la fecha de su elaboración, la declaración de las partes sobre los planos correspondientes a la construcción final y no se presentó evidencia de la entrega a la residencia de la obra de los documentos derivados de la realización de los 7
Informe del Resultado de la Fiscalización Superior de la Cuenta Pública 2011
trabajos; asimismo, se asentó erróneamente como origen de los recursos el "Fondo III, Infraestructura Social Municipal". El municipio de San Pedro y San Pablo Ayutla, Oaxaca, en el transcurso de la auditoría y con motivo de la intervención de la ASF, instruyó las acciones de control necesarias para que en la elaboración y cumplimiento de los requisitos de las actas de entrega-recepción de las obras ejecutadas con recursos provenientes del FIDEM que establece la normativa, con lo que se solventa lo observado. 21. Se comprobó que los pagos realizados del contrato número MSPSPA/337/R20/2011 por un monto de 10,107.6 miles de pesos, están soportados con las facturas y las estimaciones; sin embargo, no se presentaron los controles de calidad y pruebas de laboratorio que garanticen la resistencia contratada (f´c=250 kg/cm2) de los concretos utilizados para la construcción de guarniciones y piso de concreto hidráulico. La Sindicatura Municipal de San Pedro y San Pablo Ayutla, Oaxaca, inició el procedimiento para determinar posibles responsabilidades administrativas de servidores públicos, y para tales efectos, integró el expediente núm. SM/A1F03/2012, con lo que se solventa lo observado. 22. Se observó que en la obra con contrato núm. MSPSPA/337/R20/2011, el municipio revisado utilizó para determinar los volúmenes de obra en las estimaciones de los conceptos “Rastreo manual con pico y pala” y “Relleno y compactación”, una profundidad de 22 cms. y 21 cm, respectivamente; sin embargo, debió utilizar 15 cm, como se especificó para ambos conceptos, por lo que se determinaron pagos improcedentes por 118.0 y 163.9 miles de pesos para cada concepto respectivamente, que totalizan 281.9 miles de pesos. Véase acción(es): 11-D-20337-02-1083-06-001 23. Se constató que en los pagos efectuados al contratista se realizaron las retenciones por 43.6 miles de pesos por concepto del 5 al millar del importe estimado, correspondientes a derechos e impuestos locales aplicables, los cuales fueron enterados a la Secretaría de Finanzas del Gobierno del Estado de Oaxaca, de acuerdo con la normativa aplicable. 24. Se realizó el análisis de los precios unitarios incluidos en la propuesta técnicoeconómica del contratista ganador del contrato núm. MSPSPA/337/R20/2011, en comparación con otras cotizaciones del mercado, y se constató que existe un sobreprecio de 39.0% que representa 2,822.0 miles de pesos, en 5 conceptos, como se indican a continuación:
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Gasto Federalizado FIDEICOMISO PARA COADYUVAR AL DESARROLLO DE LAS ENTIDADES FEDERATIVAS Y MUNICIPIOS COMPARATIVA DE PRECIOS COTIZADOS Y CONTRATADOS POR EL MUNICIPIO DE SAN PEDRO Y SAN PABLO AYUTLA EN RELACIÓN CON LOS PRECIOS DEL MERCADO CUENTA PÚBLICA 2011 (Miles de pesos) CATÁLOGO
IMPORTE PAGADO
IMPORTE DETERMINADO ASF
DIFERENCIA
1
Limpieza y trazo de terreno
65.0
52.2
12.8
2
Rastreo manual con pico y pala en terreno Tipo B
330.5
308.7
21.8
3
Relleno y compactación de materiales producto de rastreo
494.7
456.7
38.0
4
Construcción de guarniciones en cordón machuelo de sección trapezoidal 12x20x42cm.
1,244.8
623.0
621.8
5
Piso de concreto hidráulico f'c= 250 kg/cm2 de 15 cm. de espesor acabado pulido estampado o rayado
6,539.1
4,800.7
1,738.4
SUBTOTAL
2,432.8
IVA TOTAL PORCENTAJE FUENTE: Análisis de precios unitarios elaborados por la ASF y cotizaciones de materiales del mercado local.
389.2 2,822.0 39.0%
Véase acción(es): 11-B-20337-02-1083-08-005 25. Con la verificación física y la cuantificación de volúmenes de obra del contrato núm. MSPSPA/337/R20/2011, de la obra “Construcción de libramiento en el municipio de San Pedro y San Pablo Ayutla, Oaxaca”, se constató que, en el concepto "Construcción de guarniciones en cordón machuelo de sección trapezoidal 12 x 20 x 42 cm. (base mayor, base menor y altura)”, se realizaron pagos en exceso por 243.1 miles de pesos, en virtud de que el municipio pagó 4,232.34 metros lineales de guarnición, de los cuales sólo se ejecutaron 3,519.80 metros lineales. Asimismo, en el concepto "Piso de concreto hidráulico f'c= 250 kg/cm2, de 15 cm. de espesor" se identificó obra de mala calidad consistente en 35 grietas transversales en el km 0+901 al 1+946, los cuales obedecen a la falta de corte y/o junta fría para formar tableros de 3.0 x 2.50 metros, que representan una superficie de 74.93 metros cuadrados, equivalente a 44.8 miles de pesos. En el transcurso de la auditoría, el municipio proporcionó documentación con la cual se acreditó que se realizaron reparaciones a la obra que se encontraba agrietada, por lo que se atiende parcialmente lo observado, ya que en relación con los conceptos de obra que no coinciden con los números generadores, la entidad fiscalizada proporcionó copia del cambio de metas al autorizar 712.54 ml de guarnición por 162.38 m3 de concreto ciclópeo para 6 muros perimetrales en diferentes puntos y el suministro de malla electrosoldada, autorizados en sesión extraordinaria por la Junta de Cabildo municipal el 11 de noviembre de 2011, por requerirse en la ejecución del proyecto; no obstante lo anterior, no se proporcionó la justificación técnica del cambio de los volúmenes de obra por ejecutar, así como el análisis y autorización de los precios unitarios por los nuevos conceptos; además,
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Informe del Resultado de la Fiscalización Superior de la Cuenta Pública 2011
no se informó oportunamente al Comité Técnico del FIDEM de la SHCP sobre el cambio de metas en el proyecto originalmente autorizado. Por lo anterior, la observación se atiende parcialmente. Véase acción(es): 11-B-20337-02-1083-08-006 Eficiencia, eficacia y cumplimiento de metas y objetivos 26. Eficiencia Se verificó que el proyecto “Construcción de libramiento en el municipio de San Pedro y San Pablo Ayutla, Oaxaca” no tuvo incrementos en costos respecto de lo programado, existen trabajos no ejecutados de acuerdo con lo contratado; se ministró al municipio el 100.0% de los recursos comprometidos por FIDEM y se ejerció el 100.0% del importe ministrado. Eficacia El proyecto programado se ejecutó y se encuentra concluido y en operación, y con respecto al volumen de obra programado, se verificó que no se cumplió en el 100.0%; se incrementó en 23.4% (43 días) el tiempo de ejecución de los trabajos por ampliación de tiempo en la conclusión de los trabajos. Cumplimiento de metas y objetivos El Municipio de San Pedro y San Pablo Ayutla, Oaxaca, cumplió parcialmente con los objetivos del FIDEM, conforme a lo siguiente: •
Se ejecutó el proyecto autorizado por la Secretaría de Hacienda y Crédito público; sin embargo, se presentaron trabajos no ejecutados en el concepto “Construcción de guarniciones en cordón machuelo de sección trapezoidal”, ya que se sustituyeron por muros perimetrales, sin estar autorizados por el Comité Técnico del FIDEM.
•
El municipio acreditó haber enviado oportunamente la entrega de sus reportes trimestrales; sin embargo, no se realizó la difusión correspondiente.
Por lo antes expuesto, se observa que el municipio utilizó parcialmente con eficiencia los recursos provenientes del FIDEM. El municipio de San Pedro y San Pablo Ayutla, Oaxaca, en el transcurso de la auditoría y con motivo de la intervención de la ASF, instruyó para que en lo subsecuente se realice una evaluación del nivel de eficacia, eficiencia y cumplimiento de objetivos al cierre de cada ejercicio presupuestal sobre la aplicación de los recursos del FIDEM, con lo que se solventa lo observado.
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Gasto Federalizado
Acciones Recomendaciones 11-0-06100-02-1083-01-001.- Para que la Secretaría de Hacienda y Crédito Público, a través de la Unidad de Política y Control Presupuestario, instruya a quien corresponda a fin de que, en lo sucesivo, se coordine con el Comité Técnico del Fideicomiso para Coadyuvar al Desarrollo de las Entidades Federativas y Municipios para que se envíe a las instancias ejecutoras en tiempo y forma el Convenio para el otorgamiento de apoyos del fideicomiso debidamente formalizado. [Resultado 4] 11-2-06G1C-02-1083-01-001.- Para que el Banco Nacional de Obras y Servicios Públicos, S.N.C., en su carácter de fiduciario del Fideicomiso para Coadyuvar al Desarrollo de las Entidades Federativas y Municipios, se coordine con la Secretaría de Hacienda y Crédito Público, y con las instancias ejecutoras de los recursos del fideicomiso, para que los recursos financieros se entreguen en tiempo y forma de acuerdo con el calendario pactado y el oficio de instrucción, de conformidad con lo establecido en la normativa. [Resultado 5] Promociones de Responsabilidad Administrativa Sancionatoria 11-B-20337-02-1083-08-001.- Ante la Sindicatura Municipal de San Pedro y San Pablo Ayutla, Oaxaca, para que realice las investigaciones pertinentes y, en su caso, inicie el procedimiento administrativo correspondiente, por los actos u omisiones de los servidores públicos que en su gestión adjudicaron el contrato núm. MSPSPA/337/R20/2011 mediante el procedimiento de invitación a cuando menos tres personas, debiendo ser por licitación pública, sin contar con el dictamen debidamennte fundado y motivado. [Resultado 12] 11-B-20337-02-1083-08-002.- Ante la Sindicatura Municipal de San Pedro y San Pablo Ayutla, Oaxaca, para que realice las investigaciones pertinentes y, en su caso, inicie el procedimiento administrativo correspondiente por los actos u omisiones de los servidores públicos que en su gestión no revisaron y evaluaron en forma detallada la documentación presentada por los licitantes en el proceso de adjudicación de las obras financiadas con recursos del Fideicomiso para Coadyuvar al Desarrollo de las Entidades Federativas y Municipios. [Resultado 14] 11-B-20337-02-1083-08-003.- Ante la Sindicatura Municipal de San Pedro y San Pablo Ayutla, Oaxaca, para que realice las investigaciones pertinentes y, en su caso, inicie el procedimiento administrativo correspondiente, por los actos u omisiones de los servidores públicos que en su gestión no aplicaron la normativa federal en el procedimiento de adjudicación del contrato núm. MSPSPA/337/R20/2011 y por no cumplir con los requisitos que indica la normativa aplicable; asimismo, por presentar inconsistencias en el análisis de sus precios, dimensiones y cantidades. [Resultado 15] 11-B-20337-02-1083-08-004.- Ante la Sindicatura Municipal de San Pedro y San Pablo Ayutla, Oaxaca, para que realice las investigaciones pertinentes y, en su caso, inicie el procedimiento administrativo correspondiente, por los actos u omisiones de los servidores públicos que en su gestión celebraron un convenio modificatorio del 23.4% del plazo 11
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originalmente del contrato núm. MSPSA/337/R20/2011, sin contar con el dictamen técnico correspondiente fundado, motivado y autorizado, de acuerdo con la normativa. [Resultado 18] 11-B-20337-02-1083-08-005.- Ante la Sindicatura Municipal de San Pedro y San Pablo Ayutla, Oaxaca, para que realice las investigaciones pertinentes y, en su caso, inicie el procedimiento administrativo correspondiente, por los actos u omisiones de los servidores públicos que en su gestión autorizaron el pago de 5 conceptos del contrato núm. MSPSPA/337/R20/2011, que representa el 39.0% más de los parámetros referenciados por el mercado local del Estado de Oaxaca, respecto de los precios unitarios. [Resultado 24] 11-B-20337-02-1083-08-006.- Ante la Sindicatura Municipal de San Pedro y San Pablo Ayutla, Oaxaca, para que realice las investigaciones pertinentes y, en su caso, inicie el procedimiento administrativo correspondiente por los actos u omisiones de los servidores públicos que en su gestión no proporcionaron la justificación técnica del cambio de los volúmenes de obra por ejecutar, así como el análisis y autorización de los precios unitarios por los nuevos conceptos, tampoco se informó, ni solicitó la autorización oportunamente del cambio de metas al Comité Técnico del Fideicomiso para Coadyuvar al Desarrollo de las Entidades Federativas y Municipios de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público. [Resultado 25] Pliegos de Observaciones 11-D-20337-02-1083-06-001.- Se presume un probable daño o perjuicio o ambos a la Hacienda Pública Federal por un monto de 281,932.79 pesos (doscientos ochenta y un mil novecientos treinta y dos pesos 79/100 M.N.) más los intereses generados desde su disposición hasta su reintegro en la cuenta del fideicomiso, debido a que se realizaron pagos improcedentes en dos conceptos de obra del contrato núm. MSPSPA/337/R20/2011. [Resultado 22] Recuperaciones Probables Se determinaron recuperaciones probables por 281.9 miles de pesos. Resumen de Observaciones y Acciones Se determinó(aron) 19 observación(es), de la(s) cual(es) 10 fue(ron) solventada(s) por la entidad fiscalizada antes de la integración de este informe. La(s) 9 restante(s) generó(aron): 2 Recomendación(es), 6 Promoción(es) de Responsabilidad Administrativa Sancionatoria y 1 Pliego(s) de Observaciones. Dictamen: con salvedad La auditoría se practicó sobre la información proporcionada por la entidad fiscalizada, de cuya veracidad es responsable; fue planeada y desarrollada de acuerdo con el objetivo y alcance establecidos, y se aplicaron los procedimientos de auditoría que se estimaron necesarios. En consecuencia, existe una base razonable para sustentar el presente dictamen, que se refiere sólo a las operaciones revisadas. 12
Gasto Federalizado
La Auditoría Superior de la Federación considera que, en términos generales y respecto de la muestra auditada, el municipio de San Pedro y San Pablo Ayutla, Oaxaca, cumplió con las disposiciones normativas aplicables, excepto por los resultados que se precisan en el apartado correspondiente de este informe y donde destacan los siguientes: por pagos improcedentes por 281.9 miles de pesos de dos conceptos de obra.
Apéndices Áreas Revisadas La Tesorería y Regiduría de Obras del municipio de San Pedro y San Pablo Ayutla, Oaxaca. Disposiciones Jurídicas y Normativas Incumplidas Durante el desarrollo de la auditoría practicada, se determinaron incumplimientos de las leyes, reglamentos y disposiciones normativas que a continuación se mencionan: 1.
Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos: artículo 134.
2.
Ley de Obras Públicas y Servicios Relacionados con las Mismas: artículos 31, fracciones V y XXVIII. 38, párrafo quinto, 41, 43, 46, fracción XII; 55, segundo párrafo y 59.
3.
Reglamento de la Ley de Obras Públicas y Servicios Relacionados con las Mismas: artículos 45, apartado "A", fracciones I, II, IV, V y VI, 73, fracción VII, 75, 77 99, 100, 105, 109, fracción II y 131.
4.
Otras disposiciones de carácter general, específico, estatal o municipal: Reglas de Operación del Fideicomiso No. 1249, "Fideicomiso para Coadyuvar al Desarrollo de las Entidades Federativas y Municipios", reglas 49, 50, 70, 72, 74, inciso D, 75 y 76.
Requisitos para la invitación a cuando menos tres contratistas, número CONC/MSPYSPA/337/R2O/004/2011; cláusula décima cuarta, sobre "A" propuesta técnica, puntos números 1 y 2; cláusula décima quinta, párrafo segundo, inciso A).- Causales generales de descalificación, números 1 y 2. Contrato de obra número MSPSPA/337/R20/2011, cláusulas primera. Fundamento Jurídico de la ASF para Promover Acciones Las facultades de la Auditoría Superior de la Federación para promover las acciones derivadas de la auditoría practicada, encuentran su sustento jurídico en las disposiciones siguientes: Artículo 79, fracción II, párrafos tercero y quinto y fracción IV, párrafos primero y penúltimo, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.
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Artículos 6, 12, fracción IV; 13, fracciones I y II; 15, fracciones XIV, XV y XVI; 32; 39; 49, fracciones I, II, III y IV; 55; 56, y 88, fracciones VIII y XII, de la Ley de Fiscalización y Rendición de Cuentas de la Federación. Comentarios de la Entidad Fiscalizada Es importante señalar que la documentación proporcionada por la entidad fiscalizada para aclarar o justificar los resultados y las observaciones presentadas en las reuniones fue analizada con el fin de determinar la procedencia de eliminar, rectificar o ratificar los resultados y las observaciones preliminares determinadas por la Auditoría Superior de la Federación, y que se presentó a esta entidad fiscalizadora para los efectos de la elaboración definitiva del Informe del Resultado.
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